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Interculturalidad y Justicia en Chile. De la Escritura como Violencia Simbólica a la Oralidad como Economía (página 2)



Partes: 1, 2

(a)La memoria, pues el
uso del lenguaje
está directamente relacionado con la
capacidad de registro y
conservación de la información. Y en la
práctica, también se observa en la
forma cómo los sujetos mapuches construyen los
relatos: invocando recursos del
pasado en la construcción de las historias
(actores, roles y conflictos en
los cuales predomina la relación bien/mal) y
empleando de forma particular el tiempo.

(b)La repetición, como forma de
conservación de la información, a través
de la memoria. La repetición como manera de
nutrir la memoria
para la producción oral es un aspecto siempre
presente en las prácticas conversacionales de los sujetos
mapuches.

(c) El uso de ciertas fórmulas ligadas a formas
poéticas. La producción de la oralidad
requiere ciertos recursos de lenguaje que operan como
mecanismos mnemotécnicos para el hablante.
Por lo tanto, en las construcciones orales se pueden
advertir estas fórmulas.

(4) Para profundizar sobre la
oralidad, ver los trabajos de: KAISER (1961); LABOV (1972); CREES
(1979); CHAFE (1980); ONG (1987);
HALLIDAY (1989); BROWN y YULE (1993); CARDONA (1994);
MARCONE (1997); BLANCHE-BENVENISTE (1998) y MARIACA,
BLONDET y CASALMIGLIA y TUSÓN (1999).

(d)El uso de ciertos ritmos, ligados a cierta
métrica poética y que constituyen el modo como se
produce la oralidad en las conversaciones. Nos referimos
aquí a la musicalidad que tiene el hablante mapuche y al
uso de ciertos ritmos. Estos dos aspectos (musicalidad y uso de
ciertos tiempos) es fundamental para comprender las interacciones
de los sujetos mapuches. En efecto, los actuales estudios de la
oralidad indígena se abordan desde teorías
musicales y no sólo desde teorías
lingüísticas, textuales o semióticas, como se
ha venido haciendo (PAINEQUEO, 1994).

(e) La tematización. En las conversaciones de
sujetos indígenas, el abordaje temático es
más lento y riguroso que en sujetos no-mapuches. No
obstante, la oralidad ha sido socializada e integrada en la
"cultura
global" mediante procesos de
control cultural.
Las actuales "medidas interculturales" -no políticas
sistemáticas-, reducen la cultura a sus aspectos
idiomáticos y la oralidad a sus aspectos materiales e
instrumentales, re-introduciendo las estructuras
idiomáticas entre los indígenas conforme al
modelo
mayoritario, es decir, alfabetizando la lengua y
llevándola a la escritura.
Como resultado, coexisten más de cinco
alfabetos -entre los oficiales del Estado, los de
estudiosos de la lengua y los de reivindicación
indígena. Sin embargo, hablar de una cultura oral es
más que hablar de una cultura que prescinde de la
escritura –lectura, por
cierto, realizada desde la escritura: la oralidad es, pues, una
forma particular de ver, producir, re- producir,
comunicar y representar el mundo. No cambia sólo el
código
idiomático, sino también todo el complejo entramado
de códigos culturales, sociales, religiosos, etc. En
efecto, la oralidad aparece con especial fuerza en
condiciones conflictivas, asomando como una
diferencia-en-contexto, y no como un mero "rasgo cultural". La
oralidad es y hace, es una forma de actuación de la
cultura frente al entorno y como tal, está en permanente
dinamización que va entre lo material
(lingüístico) y lo simbólico (contra- poder, inter-
textualidad y resistencia).

Del conflicto como
relación a la ley como consenso
simulado

El conflicto entre las familias indígenas
mapuches y las empresas
transnacionales de explotación maderera y las
eléctricas, como ENDESA España, se
materializan en frecuentes y cada vez más violentas
recuperaciones territoriales. El Estado, en
tanto, pasa de la perplejidad inicial a la solicitud de
aplicación de la Ley de Seguridad
Interior y de la Ley Antiterrorista. Se reproduce así una
permanente relación doble vincular: del paternalismo
(compra de tierras para las comunidades) se pasa a la
represión (aplicación de leyes como las
señaladas). Asimismo, los conflictos tienen una doble
lectura: son reivindicaciones y actos en legítima defensa
para los indígenas e ilícitos y atentados contra el
orden público y el estado de
derecho, para los chilenos. Además, el conflicto para
los mapuches constituye un discurso de
contrapoder y no una anomalía en el sistema. El
entramado jurídico ha sido y es parte fundamental de las
relaciones. Desde 1823 (Leyes de Constitución de la Propiedad
Austral) hasta 1993 (Ley Indígena, actualmente vigente) el
dominio de
la tierra
entre indígenas y no indígenas, ha sido dirimido
por unas diez leyes, entre las cuales están los
Títulos de Merced, Leyes de Reducciones Indígenas
(de 1860 a 1920) y la Ley Orgánica del Servicio
Agrícola y Ganadero SAG y Código
Civil. Esta lógica
jurídica de relación intercultural supone, al
menos, dos situaciones: (a) una visión
específica de las relaciones, en las cuales el sistema
jurídico es un sistema cerrado, autorreferente y con la
facultad de generar cambios; y (b) una visión más
general, en la cual la simulación
del consenso a través de la ley es considerado una
posibilidad de "resolución
de conflictos".

Discurso jurídico y práctica
judicial. Transición penal en Chile: ¿avance
o
retroceso?

Entenderemos lo legal como un espacio discursivo que
llamaremos discurso jurídico-judicial, en el cual lo
jurídico corresponde a un conjunto textual complejo
constituido por particularidades estructurales y productivas (es
decir, aquello configurado basándose en ciertos derechos y que invoca
ciertas leyes para su legitimación discursiva); y lo judicial
será aquello jurídico que circula efectivamente en
los tribunales, de acuerdo con ciertas particularidades de
circulación y consumo.

Esto es importante, puesto que lo judicial supone la
viabilidad pragmática de ciertos discursos y la
inviabilidad de otros; esta distinción nos permite iniciar
las explicaciones de la condición de ciertos discursos
indigenistas -o indianos-, que no circulan en el aparato
burocrático judicial. Y el discurso
jurídico-judicial puede ser considerado -en determinadas
circunstancias de circulación y consumo- como
un tipo de discurso público (CARRASCO, 2001, 2002),
puesto que operan en él restricciones de
circulación y consumo discursivo, tales como los espacios
privativos, las prohibiciones informativas impuestas, etc. En
este mismo sentido, el tránsito de la justicia penal
chilena, como sistema de discursos y prácticas,
operará permanentemente dispositivos de
control desde el Estado-nación
hacia las comunidades indígenas: quien crea el sistema, lo
controla.

En el sistema penal anterior (1995 a 2000), la Ley de
Seguridad del Estado fue aplicada en seis oportunidades en Chile,
cinco de ellas contra indígenas mapuches. En tanto que en
el nuevo sistema (diciembre de 2000 – marzo de 2002), la Ley
Antiterrorista ha sido aplicada en dos ocasiones, ambas contra
indígenas mapuches. Lo anterior marca una
lógica constante en el sistema de relaciones
inter-culturales (conflicto y diferencia), que generan las
redes de interacción de las comunidades: los "otros"
sometidos a un "nos(o)otros", donde los "otros" son las
comunidades mapuches inmigrantes en estos espacios.

Indudablemente, los discursos y prácticas
judiciales son empleadas por las sociedades
para definir tipos de subjetividad, formas de saber y relaciones
entre el hombre y la
verdad. En este sentido, constituyen la manera en que, entre los
hombres, se arbitran los daños y las responsabilidades.
Entenderemos por ello, la forma en que ha sido
definido el modo de juzgar a los hombres sobre la base de sus
errores (FOUCAULT,
1995:51).  

MATERIALES Y
MéTODOS

Este trabajo resume
dos investigaciones.
En la primera de ellas, se realizó un análisis discursivo-textual, centrado en
los relatos y textos como prácticas sociales, utilizando
un corpus compuesto por 1183 páginas de un proceso
judicial completo (que denominamos complejo textual),
distribuidas en 873 documentos
diferentes (que denominamos sub-complejos textuales
interdependientes). En la segunda investigación, los procedimientos
son similares al anterior, pero el corpus lo constituyen juicios
orales realizados en el marco del nuevo sistema judicial
penal.

ANÁLISIS Y RESULTADOS

En el primer estudio, tras un análisis global del
material, para entender sus relaciones, se establecieron
tipologías textuales, basadas en la lógica del
proceso (como se observa más adelante en el esquema del
proceso). Así se distinguió cuatro
tipologías textuales: Parte Requirente – Parte Querellante
– Defensa de los Inculpados y la Parte Concluyente (los
tribunales). Posteriormente se interpretó los resultados,
estableciéndose dos categorías y seis
subcategorías:

(A) Racismo de
Estado

(A.1) El orden público y el estado como
articulador de estrategias y
mecanismos de control social

El Estado funciona como eje articulador y garantizador
del orden público, trasladando los intereses desde un
ámbito particular (propietarios de los predios y mapuches
que los reclaman) a un ámbito social mayor, que compromete
los intereses de la sociedad.

(B) La Violencia de
la Escritura

(B.1) La condición mítica del relato
histórico

La historia como relato
autónomo en el proceso adquiere una connotación
estratégica, en la medida en que es presentada como la
historia.

(B.2) La relación víctima / victimario
como apelación a un discurso de la
emocionalidad

El desplazamiento de las nociones de querellados y
procesados hacia las figuras de víctimas y victimarios
permite, de modo estratégico, apelar a una emocionalidad
que el relato jurídico-judicial no permite.

(B.3) El estatus del otro en el discurso
jurídico-judicial.

En su discurso, la parte querellante se refiere a la
relación de los mapuches con la sociedad global, en el
sentido de que los mapuches son "transgresores del sistema
jurídico-judicial chileno". ésta es una estrategia
comunicativa, que permite un alineamiento frente al
tema.

En el segundo estudio, luego de analizar el material
audiovisual -juicios orales-, siguiendo la misma lógica de
tipologización del estudio anterior, se estableció
una secuencia interpretativa:

(C) De la oralidad como reproducción simbólico-cultural a
una tecnología del lenguaje y una economía procedimental.

En la reforma procesal penal en Chile el componente
étnico no es incorporado, aunque es una variable
fundamental. Con la reforma procesal penal se pretende asegurar
el acceso expedito y transparente a la justicia de los diferentes
grupos y
personas. Este proceso contempla cambios como la
participación de

fiscales (acusadores), separación de las funciones de
investigación y de sanción (en reemplazo del
antiguo juez investigador y sancionador), incorporación de
la defensoría pública, la defensoría penal
Mapuche, incluida a fines del año 2001 y la
incorporación de los juicios orales.

En este sentido:

"La "procedimentación´ creciente que se
sigue del derecho moderno, precisamente en cuanto disponible e
indiferente respecto a todos los proyectos y a
todas las épocas, indica solamente la posibilidad de
escoger estrategias distintas [y en cuyo caso] las estrategias
igualitarias, es sólo un mecanismo típico de la
justicia procedimental pura: el azar, la fortuna, la
lotería".

(RESTA, 2000: 224 y 225)

El principal problema radica en el ocultamiento
político que se hizo en el diseño
del proyecto que
presentó a La Araucanía como alternativa para
iniciar la reforma en Chile, con el propósito de evitar
que quienes decidirían la posible designación
consideraran las variables
étnicas y culturales como un obstáculo, los
informes tendieron a silenciar dichas variables.

Es evidente que la oralidad, como principio rector del
nuevo sistema procesal penal en Chile, se fundamenta en una
razón tecnológica asociada a la
instrumentalización económica de los
procedimientos:

"justicia ágil, transparente, eficiente y
confiable", "mejor gestión
jurisdiccional del estado", "optimización del gasto
público, con un adecuado control", "sanción
imparcial y rápida de la delincuencia"

[y lo anterior se debe esencialmente a que] "la
sentencia se comunica en la misma audiencia" y "se registran los
principiosde publicidad, de
contradicción, de inmediación y de
concentración" (5).

Sin embargo, resulta ingenuo sólo atribuir
implicancias tecnológico-económicas a la
producción discursiva de la oralidad (materializada en los
tribunales orales en lo penal), pues la oralidad no se restringe
a un sistema de
información y comunicación, puesto que es también
un modo de producción cultural presente

en todos los procesos simbólicos de
apropiación social de la naturaleza y
de la historia, y de producción de futuro. Comprender
cómo está presente este modo de producción
es el desafío que debemos asumir.

(5)

Estas citas corresponden a los planteamientos oficiales
del Ministerio de Justicia de Chile, con ocasión de
la presentación pública y promoción de la Reforma Procesal Penal.
Dichas citas aparecieron en documentos oficiales del ministerio,
avisos publicitarios en los medios de
comunicación y discursos públicos expresados
por la, entonces, Ministra de Justicia, Dña. Soledad
Alvear.

DISCUSIÓN Y
CONSIDERACIONES FINALES

En relación a la interculturalidad en el discurso
y la práctica de la justicia, en el caso chileno, podemos
establecer que la intercultural -entendida como relaciones
simétricas entre culturas que conviven en un mismo
espacio-tiempoestá sujeta (en el caso de las relaciones
jurídico-judiciales) a las siguientes cinco
condiciones de posibilidad:

1. El estatus de la ley como control y racismo de
Estado.

Es necesario un esfuerzo por comprender conceptos y
prácticas cotidianas en el complejo sistema judicial en
Chile, en un contexto intercultural, en el cual un grupo
minoritario y minorizado (indígenas mapuches) enfrenta a
un sistema global y globalizador. En este sentido, es
también una mirada a la
globalización, no sólo a la que observamos hoy,
sino a la que siempre ha existido: ¿qué novedad hay
para un indígena mapuche de la IX Región de la
Araucanía en Chile cuando se habla de globalización hoy, si desde la
creación de los estados latinoamericanos han vivido un
proceso de globalización, a través de
la imposición de un sistema
educativo, económico, religioso, judicial,
institucional y un tipo de convivencia? La globalización,
en este sentido, tiene relación con dos fenómenos:
la homogeneización, donde todo tiende a asimilarse
cuantitativamente, se generaliza y se institucionaliza
unipolarmente; y la estandarización, donde
todo tiende a asimilarse cualitativamente, se uniformiza, se
canoniza.

2. El sujeto del discurso y la construcción de
los hechos.

El espacio donde ocurren los conflictos es
también un espacio-en-eldiscurso y el sujeto que habla en
él no puede tener una posición neutral: el que
habla cuenta la historia, llama a la memoria, se inserta dentro
de la lucha general y persigue una victoria particular (FOUCAULT
1995). En el caso del sistema judicial y su relación con
las comunidades indígenas, observamos que el discurso
establece un vínculo importante entre las relaciones de
fuerza y las relaciones de verdad. Los hechos, factualidades o
evidencias -en
el lenguaje
jurídico- sustentan la producción del discurso
jurídico-judicial y deben ser observados, puesto que los
discursos y los hechos son construidos (POTTER, 1998).

Lo fundamental es advertir que no sólo los
complejos discursos que tienen lugar en procesos judiciales son
construcciones en el lenguaje, sino también los hechos que
sustentan dichos discursos. Lo que interesa es comprender los
mecanismos utilizados frecuentemente en la construcción de
los hechos que sustentan los discursos. Lo anterior lo
observamos, por ejemplo, en la construcción del "otro" en
los discursos, a partir de ciertos hechos o
factualidades.

3. El sujeto en el discurso y la práctica: la
imagen del
indígena latinoamericano como descripción factual.

Observemos cómo se ha construido la imagen del
indígena latinoamericano en la historia; es decir,
cómo ha sido (d)escrito, particularmente por cronistas
extranjeros (europeos):

"Porque donde pende todo el daño de
estos naturales es de las borracheras hordinarias que hazen y de
aquí resultan las fuerzas y amancebamientos y sodomias e
incestos, y allende de
esto tengomaveriguado que ninguna borrachera se haze sin
idolatrías". (sic, DE TOLEDO, Francisco, 1572).

"Yacen en la más estúpida imposibilidad
moral; aman su
abatimiento, como los cuerpos graves, el reposo; viven sin la
conciencia de su
personalidad,
como las ostras adheridas a la roca, sin que los embates del
infortunio los conmuevan, sin que el dolor ni la esperanza los
movilicen". (sic, ZAVALA, Migue,1868).

Notemos que ambas citas, aunque con varios siglos de
diferencia, ponen en escena un juego de
imágenes del "otro"; esto es, ambas
descripciones del "otroindígena" constituyen referencias
desde el "no(s)otros" y su contexto:

(a) En el primer caso, el juego de imágenes que
se construye se centra en la dualidad: profano / sacro que forma
parte, a su vez, del contexto y del imaginario del autor, del
"no(s)otros" que construye la imagen del "otro". "Borracheras",
como parte de lo profano e "idolatrías" como
apelación al hereje, en oposición a lo
sacro. Estas referencias nos dan cuenta más del contexto
religioso del que habla que del "otro". En efecto, siguiendo la
nomenclatura
peirceana, de la interpretación de los "otros" sólo
nos quedan los interpretantes del intérprete, que
constituyen su propio mundo y no el mundo del "otro".

(b) En el segundo caso, la situación es muy
similar, aunque hay un desplazamiento desde la dualidad de lo
profano / sacro (persiste lo moral como referente), hacia
conceptos "modernos", con nociones como la conciencia y la
condición social. Hay, pues, en esta mirada más
amplia del otro, un "no(s)otros" que analiza, que examina y que
penetra: el hablante nos habla de la imposibilidad moral, del
abatimiento, de la conciencia de su propia personalidad y del
infortunio y la esperanza. No hay dudas. El juego de
imágenes sigue siendo autorreferente, puesto que no
sólo un "no(s)otros" habla del "otro" a través de
si mismo, sino que en este hablar, el sujeto que habla, habla a
través de si mismo y de si mismo: ve en la otredad su
mismidad, su vida, su condición, sus
conflictos.

Ejemplos similares se observan en los Estados-nación
latinoamericanos, pues existen perfiles policiales construidos en
base a características de los indígenas en las
cuales predominan el color, la
textura, la estatura, los rasgos faciales, etc. Los
indígenas lideraron y lideran aún las nóminas de
sospechosos policiales, como ocurre hoy con los musulmanes en
Estados Unidos
y los inmigrantes del África
sub- sahariana en Europa.

Por otra parte, es interesante notar que los
indígenas mapuches aparecen en el discurso público
mediático en Chile con identidad
propia -es decir, no como proletarios, campesinos, obreros,
pobres, marginados, etc., sino como indígenas mapuches-,
sólo a partir de 1989 (CARRASCO, 2000; DEL VALLE,
1998).

4. La oralidad como contrapoder e
intertextualidad.

Entenderemos la oralidad no como una tecnología
del lenguaje, ni como una instrumentalización de la
cultura (concepciones presentes explícita o
implícitamente en una gran parte de los trabajos), sino
como un sistema de significación cultural y
simbólica asociado, al menos, a las siguientes instancias
de la vida de las comunidades:

(a) la memoria y el testimonio de la vida-en-comunidad,

(b)un contra-poder frente a la relación con el
entorno (Estado-nación, mercado, etc.),
y

(c) una intertextualidad, para dar sentido, re-
significar e, incluso, sustituir los sistemas de
significación con el entorno (sistemas de religión, sistemas
políticos, sistemas judiciales, etc).

En efecto, la oralidad no opera -como se insiste a
menudo en los diseños políticos y
burocráticos- como instrumento o tecnología del
lenguaje, sino como un proceso y producto de la
dinámica cultural y simbólica de las
comunidades: la oralidad es un mecanismo de contrapoder -frente
al poder y control del Estadonación- y funciona como una
intertextualidad que permite superponer, re- significar y
sustituir (de la metáfora cultural se pasa a la
metonimización) el contexto.

5. Las reivindicaciones étnico-culturales: la
identidad reivindicativa mapuche frente a la diferencia como
discriminación.

Si observamos los procesos en que las comunidades
indígenas mapuches plantean sus demandas, en el contexto
de la construcción de una identidad reivindicativa
mapuche, resulta importante advertir, en el ámbito del
discurso jurídico, cómo se reconstruye una
relación bélica, a partir de la
reconstrucción de la historia. Esta identidad
también se relaciona con elementos supranacionales, pues
se invoca en la construcción discursiva los parlamentos
históricos y las leyes internacionales. Asimismo, la
búsqueda de indemnizaciones, propia del discurso
jurídico, es parte de esta identidad reivindicativa. Y si
bien se apela al sistema judicial chileno, en lo jurídico
se restringe la actuación de los instrumentos judiciales
del estado (por razones también históricas, se
margina los tribunales al sur del Bío-Bío). Por su
parte, el uso de este discurso jurídico supone la
incorporación de un nuevo lenguaje, en el cual las
acciones
extra-judiciales como la toma de tierras adquieren una nueva
configuración: quienes efectúan las tomas de
tierras, en lo sucesivo dirán que son actos en
legítima defensa.

ÁMBITOS. Nº especial 9-10. 2º Semestre
2002 – Año 2003 (pp. 87-101)

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(6) Para las referencias a los
recursos electrónicos, se utiliza la norma ISO-690-2.

 

 

 

 

Autor:

Carlos del Valle Rojas

Profesor Asistente del Departamento de Lenguas,
Literatura y Comunicación

Universidad de La Frontera (TEMUCO-CHILE)

Periodista, Licenciado en Comunicación
Social y Magíster en Ciencias de la
Comunicación. Actualmente, Becario del
Ministerio de Educación de Chile, a través del
Programa
MECE-Educación Superior (FRO 9906) de la
Universidad de La Frontera, para cursar el programa doctoral del
Departamento de Periodismo de la Facultad de
Comunicación de la Universidad de Sevilla
(SEVILLA-ESPAÑA).

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